Introducción
En LLReal Abogados, con más de 20 años de experiencia en Derecho de Familia en Santa Cruz de Tenerife, comprendemos las dudas que surgen al enfrentar una liquidación de gananciales. Uno de los aspectos más complejos es determinar qué ocurre con el dinero privativo durante este proceso.
Si está pasando por un divorcio o separación, es fundamental conocer cómo proteger sus bienes personales y evitar perjuicios económicos. En este artículo, le explicaremos qué es el dinero privativo, cómo se acredita su origen y qué derechos tiene sobre él durante la disolución del régimen económico matrimonial.
1. ¿Qué se Considera Dinero Privativo en un Matrimonio?
Según el Código Civil español (Art. 1346), los bienes privativos son aquellos que pertenecen exclusivamente a uno de los cónyuges, ya sea porque los adquirió antes del matrimonio, los recibió por herencia o donación, o son fruto de una indemnización personal (como una compensación por daños).
El dinero privativo entra en esta categoría cuando:
- Proviene de la venta de un bien privativo (ejemplo: heredó un piso y lo vendió durante el matrimonio).
- Fue obtenido antes del matrimonio (ahorros previos).
- Es producto de una donación o herencia recibida individualmente.
Sin embargo, si esos fondos se mezclan con dinero ganancial en una cuenta común, demostrar su origen privativo puede volverse complicado.
2. ¿Cómo se Acredita el Derecho de Crédito sobre el Dinero Privativo?
Para reclamar estos fondos en la liquidación de gananciales, es esencial documentar su procedencia. En LLReal Abogados, recomendamos:
2.1. Pruebas Documentales
- Contratos de compraventa de bienes privativos.
- Extractos bancarios antiguos que muestren el saldo previo al matrimonio.
- Escrituras de herencia o donaciones.
- Justificantes de indemnizaciones (accidentes, despidos).
2.2. Testigos y Peritos Contables
Si no hay documentos, un perito financiero puede rastrear el origen del dinero mediante un análisis de movimientos bancarios. También pueden ser útiles declaraciones de familiares o socios que confirmen la propiedad privativa.
2.3. Jurisprudencia Clave
Tribunales como el TS (Sentencia 245/2015) han establecido que, si no hay prueba contraria, se presume ganancial el dinero depositado en cuentas conjuntas. Por eso, la carga de la prueba recae en quien alega su carácter privativo.
3. ¿Qué Ocurre si el Dinero Privativo se Usó para Bienes Gananciales?
Si usted invirtió fondos privativos en la compra de una vivienda familiar o en negocios comunes, tiene derecho a reclamar un crédito frente a la sociedad de gananciales. Esto significa que, al liquidar, se le devolverá el monto aportado antes de repartir el resto.
Ejemplo práctico:
- Usted vendió un coche privativo por 30.000€ y usó ese dinero para pagar la hipoteca de la casa ganancial.
- En la liquidación, tendrá derecho a que se le reintegre esa cantidad antes de dividir el valor de la vivienda.
4. Errores que Debe Evitar al Reclamar Dinero Privativo
En nuestro despacho, hemos visto casos en los que clientes pierden derechos por:
- No segregar cuentas bancarias: Mezclar fondos privativos y gananciales dificulta la prueba.
- Falta de documentación: Sin recibos o contratos, la reclamación puede ser denegada.
- Demoras en la reclamación: El plazo para liquidar gananciales puede prescribir.
5. ¿Necesita Asesoría Legal Personalizada?
En LLReal Abogados, somos expertos en derecho de familia en Tenerife y garantizamos una estrategia legal sólida para proteger sus intereses.
Le ayudaremos a:
- Recopilar y presentar pruebas contundentes.
- Negociar acuerdos favorables o litigar si es necesario.
- Evitar pérdidas económicas por errores en la liquidación.
Contacte con nosotros hoy mismo para una consulta detallada. Defienda lo que es suyo con el respaldo de abogados especializados con décadas de experiencia.
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